Si un pariente inmediato se encuentra dentro de Estados Unidos (entró legalmente) y desea quedarse para ajustar estatus, el Centro Nacional de Visa y el Consulado estadounidense en el exterior no se involucran en el proceso. Si recibe formularios solicitando honorarios para proceso consular no deben ser pagados, puesto que no son aplicables al proceso de ajuste de estatus en Estados Unidos. Si estos honorarios son pagados por error (como sucede a menudo), serán perdidos y no les serán devueltos. En su caso no deben ser pagados, al contrario, el caso de ajuste de estatus y la aplicación de autorización de empleo deben ser sometidos apropiadamente, así su esposa puede recibir su permiso de trabajo y en últimas su entrevista de residencia.
Pregunta: Mi hijastro recibió su residencia a través de mí cuando tenía 12 años de edad. Ya se hiso ciudadano y tiene 21 años. Él quiere patrocinar a su madre biológica, que es colombiana. Su madre llegó a EE.UU. con visa de turista en 2003 y se quedó. Mi pregunta es si mi hijastro puede patrocinar a su mamá y si su situación ilegal le impedirá obtener la residencia ¿tendrá que regresar a Colombia? Estamos confundidos al respecto.
Respuesta: Mientras que tenga 21 años o más, él o ella puede patrocinar a los padres biológicos para la residencia, a pesar que el ciudadano obtuvo residencia a través de un padre ciudadano como usted. Los padres de ciudadanos se consideran como “parientes inmediatos” y no hay línea de espera. Cuando los padres están fuera de los EE.UU., el proceso tarda entre 8 y 12 meses para procesar y recibir una visa de inmigrante. Cuando los padres están en los EE.UU., el proceso es muy rápido, alrededor de 3 a 6 meses para recibir la entrevista de residencia y tarjeta de residencia poco después. En este caso, la madre de su hijastro debe tener su tarjeta I-94 y haber entrado a los EE.UU. legalmente, aunque ahora ya no esté en estatus legal. Por la información que ha proporcionado, parece ser el caso.